Con el cambio de estación y el aumento progresivo de las temperaturas, la radiación ultravioleta (UV) vuelve a situarse en niveles críticos. Para las empresas con personal que realiza labores expuestas a la RUV, este momento del año exige una preocupación extra: el cumplimiento de la normativa.
A continuación, revisamos las 4 exigencias normativas que toda organización debe cumplir. El marco legal (Ley 16.744, D.S. N°109 y Guía Técnica RUV) rige durante todo el año; las medidas de control específicas se intensifican entre el 1 de septiembre y el 31 de marzo, entre las 10:00 y las 17:00 horas, y para quienes realicen labores bajo radiación UV directa con un índice igual o superior a 6, en cualquier época del año:
1. Ley 16.744
Establece la responsabilidad preventiva del empleador y el seguro obligatorio contra accidentes y enfermedades.
Esta ley marco obliga a las empresas a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de sus trabajadores, garantizando cobertura y prevención ante riesgos derivados de la jornada laboral.
2. D.S. N°109
Califica legalmente la dermatosis y el cáncer de piel como enfermedades profesionales derivadas de la exposición laboral.
La exposición sin la protección adecuada puede tener consecuencias severas. El Decreto Supremo N°109 reconoce explícitamente estas afecciones cutáneas como patologías de origen laboral cuando son consecuencia directa del trabajo bajo exposición.
3. Guía Técnica RUV
Obliga a evaluar el riesgo, publicar diariamente el índice UV, capacitar al personal y aplicar medidas de control.
Esta guía especifica los protocolos operativos diarios que deben existir en las faenas y puestos de trabajo. La visibilidad del riesgo y la educación del personal son pilares fundamentales para mitigar la radiación UV.
4. Medidas exigidas
Implementación de sombras, pausas, entrega gratuita de EPP certificado (fotoprotector FPS 30+, ropa UV, lentes) y vigilancia médica preventiva.
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